LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD ENTRE LOS COLECTIVOS BENEFICIADOS POR LA GRATUIDAD DEL COPAGO FARMACÉUTICO

A lo largo del primer semestre del año, a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, se han ampliado los colectivos que pueden beneficiarse de la gratuidad en el copago farmacéutico, incluyendo a las personas con discapacidad.

En concreto, quedan exentas del copago farmacéutico las personas usuarias y beneficiarias que pertenezcan a una de las siguientes categorías:

  • Personas menores de edad con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% (tienen que tener reconocido el derecho a la asistencia sanitaria por el Sistema Nacional de Salud). El Instituto Nacional de la Seguridad Social ha incluido de manera automática a las personas beneficiarias, por lo que si alguna persona que se encuentre en esta situación no está gozando del beneficio, puede solicitarlo al INSS acreditando su discapacidad.
  • Personas perceptoras de la Prestación Económica de la Seguridad Social por Hijo a Cargo con grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%, con independencia de la edad que tenga la persona con discapacidad causante de la prestación. El Instituto Nacional de la Seguridad Social lo va aplicar de oficio a todas las personas perceptoras, e irán incorporando los datos progresivamente.

El copago farmacéutico es la aportación económica que debe hacer cada paciente para adquirir un medicamento u otro producto sanitario con receta.

Si tenéis alguna duda sobre este tema podéis poneros en contacto con Oiane Uriarte, trabajadora social de APDEMA, en el 945 25 89 66 o en el correo electrónico trabajosocial@apdema.org

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